Declaraciones de Situación Patrimonial y de Intereses

Las declaraciones de situación Patrimonial y de Intereses, tienen su fundamento constitucional en el artĆ­culo 108, quinto pĆ”rrafo, asĆ­ como la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en el artĆ­culo 32.​

MODALIDADES Y PLAZOS

Inicial: Dentro de los sesenta días naturales siguientes a la toma de la posesión con motivo del:

  • a) Ingreso al servicio pĆŗblico por primera vez;

  • b) Reingreso al servicio pĆŗblico despuĆ©s de sesenta dĆ­as naturales de la conclusión de su Ćŗltimo encargo.

Modificación: Durante el mes de mayo de cada año.

Conclusión: Dentro de los sesenta días naturales siguientes a la conclusión

Evita sanciones, Declara

Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Chiapas